Del lat. sponsalia, n. pl. de sponsālis, y este de sponsus 'esposo'.
1. m. pl. Mutua promesa de casarse que se hacen y aceptan los miembros de una pareja.
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2. m. pl. Der. Promesa de matrimonio hecha en alguna de las formas que la ley requiere para que surta algún efecto civil de mera indemnización en casos excepcionales de incumplimiento no motivado.