Del lat. indultus.
1. m. Gracia por la cual se remite total o parcialmente o se conmuta una pena.
2. m. Gracia que excepcionalmente concede el jefe del Estado, por la cual perdona total o parcialmente una pena o la conmuta por otra más benigna.
Del lat. indultus.
1. m. Gracia por la cual se remite total o parcialmente o se conmuta una pena.
2. m. Gracia que excepcionalmente concede el jefe del Estado, por la cual perdona total o parcialmente una pena o la conmuta por otra más benigna.
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El Diccionario de la lengua española es la obra lexicográfica de referencia de la Academia.
La vigesimotercera edición, publicada en octubre de 2014 como colofón de las conmemoraciones del tricentenario de la Academia, es fruto de la colaboración de las veintidós corporaciones integradas en la Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE).