Del part. de habilitar.
1. m. y f. Persona que cobra en Hacienda los sueldos y otros emolumentos de los funcionarios y los entrega a los interesados.
2. m. y f. Der. Auxiliar especial de los secretarios judiciales que puede sustituir al titular en la función aun sin vacante ni interinidad.
3. m. En la milicia, oficial a cuyo cargo está el agenciar y recaudar en la tesorería los intereses del regimiento o cuerpo que lo nombra.