Del lat. sponsalia, n. pl. de sponsālis, y este de sponsus 'esposo'.
1. m. pl. Mutua promesa de casarse que se hacen y aceptan los miembros de una pareja.
2. m. pl. Der. Promesa de matrimonio hecha en alguna de las formas que la ley requiere para que surta algún efecto civil de mera indemnización en casos excepcionales de incumplimiento no motivado.