Consulta posible gracias al compromiso con la cultura de la
autonomía

Del gr. αὐτονομία autonomía.

1. f. Potestad que dentro de un Estado tienen municipios, provincias, regiones u otras entidades, para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios.

Sin.:
  • autogobierno, soberanía, independencia, potestad.

2. f. Condición de quien, para ciertas cosas, no depende de nadie.

Ant.:
  • dependencia, subordinación.

3. f. En España, comunidad autónoma.

4. f. Máximo recorrido que puede efectuar un vehículo sin repostar.

Sin.:
  • alcance.

5. f. Tiempo máximo que puede funcionar un aparato sin repostar o recargarse.

autonomía de la voluntad

1. f. Der. Capacidad de los sujetos de derecho para establecer reglas de conducta para mismos y en sus relaciones con los demás dentro de los límites que la ley señala.

Sinónimos o afines de autonomía
  • autogobierno, soberanía, independencia, potestad.
  • alcance.
Antónimos u opuestos de autonomía
  • dependencia, subordinación.

Real Academia Española © Todos los derechos reservados

El Diccionario de la lengua española es la obra lexicográfica de referencia de la Academia.

La vigesimotercera edición, publicada en octubre de 2014 como colofón de las conmemoraciones del tricentenario de la Academia, es fruto de la colaboración de las veintidós corporaciones integradas en la Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE).