Del gr. αὐτονομία autonomía.
1. f. Potestad que dentro de un Estado tienen municipios, provincias, regiones u otras entidades, para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios.
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2. f. Condición de quien, para ciertas cosas, no depende de nadie.
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3. f. En España, comunidad autónoma.
4. f. Máximo recorrido que puede efectuar un vehículo sin repostar.
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5. f. Tiempo máximo que puede funcionar un aparato sin repostar o recargarse.
autonomía de la voluntad
1. f. Der. Capacidad de los sujetos de derecho para establecer reglas de conducta para sí mismos y en sus relaciones con los demás dentro de los límites que la ley señala.