1. m. Acción y efecto de enjuiciar.
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2. m. Der. Instrucción o sustanciación legal de los asuntos en que entienden los jueces o tribunales.
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1. m. Acción y efecto de enjuiciar.
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2. m. Der. Instrucción o sustanciación legal de los asuntos en que entienden los jueces o tribunales.
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Real Academia Española © Todos los derechos reservados
El Diccionario de la lengua española es la obra lexicográfica de referencia de la Academia.
La vigesimotercera edición, publicada en octubre de 2014 como colofón de las conmemoraciones del tricentenario de la Academia, es fruto de la colaboración de las veintidós corporaciones integradas en la Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE).